Concurso de acreedores

Imagen ilustrativa.

Las alternativas para superar una crisis empresarial

Un ciclo negativo puede afectar, en pequeñas o grandes medidas, A la liquidez de una empresa. En tales circunstancias, ésta puede acudir a una serie de opciones para superar la situación.

Son muchos los motivos por los que una empresa puede llegar a enfrentarse a problemas de liquidez. Los ciclos negativos son una realidad que no siempre es posible evitar.

En estas circunstancias, las empresas pueden tomar una serie de medidas, tanto el preconcurso como el concurso de acreedores se vuelven una opción. Y como esta etapa es crucial, es necesario distinguir las diferencias entre uno y otro.

Cuáles son las diferencias entre el preconcurso y el concurso de acreedores?

Es cierto que, para quien no tenga demasiada información al respecto, ambas figuras pueden resultar confusas. Aunque presentan parecidos, tienen diferencias cruciales.

En primer lugar, el preconcurso de acreedores es un procedimiento que resguarda a la empresa en cuestión de llegar a una instancia judicial, otorgándole un plazo de tiempo prudencial para poder refinanciar las deudas y establecer algún tipo de acuerdo con los acreedores. Durante este período se paralizan las ejecuciones, es decir, que la empresa podrá continuar con su actividad habitual, sin sufrir embargos ni reemplazos de sus directivos. Es el método que evita la necesidad de declarar un concurso de acreedores.

A diferencia del primero, el concurso sí alcanza la instancia judicial para solventar las deudas. Éste se clasifica en dos tipos, cuyas características dependen de quién sea la persona civil o jurídica que inicie el procedimiento. En el concurso de acreedores necesario, la empresa debe ir a concurso de manera obligatoria, y por demanda de los acreedores. Por otro lado, en el concurso de acreedores voluntario, es la sociedad o empresa la que decide dar inicio al procedimiento, dándole a ésta, un plazo de dos meses para presentar la solicitud de concurso.

Las fases del concurso de acreedores no necesariamente presentan complicaciones, por lo que es importante que la empresa en cuestión esté realmente informada acerca de los pasos a seguir, y asesorada correctamente por un equipo que pueda acompañarla durante el proceso.

En busca de alternativas

En cualquiera de los casos, la empresa presentará cierta vulnerabilidad por su falta de liquidez. Por este motivo, será importante que ésta pueda plantearse algunas soluciones a corto o medio plazo, economizando tanto tiempo como gastos.

Con un servicio de interim puede entrar en la ecuación como una gran ayuda, esto consiste en la contratación de un directivo externo mediante la modalidad de outsourcing. Es decir, es una especie de alquiler de directivos para un objetivo en concreto y por tiempo indeterminado.

Muchas empresas, tanto grandes como medianas, recurren a esta tendencia, y aunque no necesariamente lo hacen por encontrarse en situación de quiebra o conflicto económico, sí facilita las cosas en estas circunstancias especialmente.

El interim permite incorporar a un talento directivo de manera flexible y disminuyendo gastos, sin nóminas y con la posibilidad de cancelar el servicio sin necesidad de una indemnización. Estos directivos podrán acompañar a la empresa, formar a los miembros y aportar una visión externa desde un grado de experiencia que enriquezca su crecimiento.

Un salvavidas en situaciones difíciles: la ley de segunda oportunidad

Aún cuando la situación pueda parecer una encrucijada, quedan maneras de revertir los daños. La ley de segunda oportunidad es, para estos casos, un gran salvavidas para aquellos particulares o empresas que han debido liquidar todo su patrimonio para resolver las deudas con sus acreedores.

Especialmente pensada para pymes, profesionales autónomos o familias pequeñas que puedan haberse hallado en esta delicada situación de endeudamiento, la ley los ampara de tener que mantenerse como morosos de por vida.

Esto se logra estableciendo un límite que la deuda no puede superar, haciendo que, llegado un determinado número, la persona o empresa sea exonerada de la misma. El beneficio se consigue una vez que el particular o la empresa hayan liquidado sus bienes o parte de ellos para sufragar las deudas.

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