Por lo general, cualquier trámite ante la Administración pública tiene un tiempo predeterminado de respuesta que varía en función a la demanda de cada tipo de servicio. Si has solicitado algún tipo de residencia legal en el país, es posible consultar el estado del trámite, siempre que tengas a mano el número de expediente extranjería y completes algunos pasos sencillos.
El expediente de extranjería tiene que ver con todos los trámites realizados por extranjeros interesados en obtener una residencia temporal en el país, debido a diferentes motivos. Por lo general, la oficina de extranjería tarda una media de tres meses en analizar toda la documentación presentada y resolver dicha solicitud.
Se trata de un expediente que abarca las siguientes solicitudes:
- Expedientes de residencia de reagrupación familiar.
- Permiso de estancia para cursos de formación.
- Renovaciones de residencia.
- Residencia por arraigo y otras circunstancias.
- Trámites relacionados con expedientes de nacionalidad.
- Número de Identidad de Extranjero (N.I.E).
Una vez iniciado cualquiera de estos procedimientos, toda la información respecto al avance del trámite será cargada al expediente de extranjería. En este aparecerá toda la información aportada y tienes el derecho de obtener información sobre el estado del expediente de extranjería en cualquier momento de trámite.
¿Cómo consultar tu expediente de extranjería?
Tal y como ocurre con cualquier otro procedimiento administrativo, este atravesará diferentes etapas. Estos cambios pueden ser consultados de diferentes formas, entre ellas:
- Consultar vía SMS: enviando un mensaje al nº 600 12 43 77.
- Consultar vía telefónica: llamando al número de teléfono 902 02 22 22.
- Consultar a través de internet: para lo cual tendrás que utilizar el sistema de identificación del programa Cl@ve o completando un formulario de solicitud de consulta.
En cualquiera de los casos, la consulta arrojará como resultado la fase o estado en que se encuentra el procedimiento administrativo. Se reconocen seis estados, los cuales detallamos a continuación:
- En trámite. Esta es la primera fase que tendrá que atravesar el procedimiento y ocurrirá una vez que hayas entregado toda la documentación correspondiente. Debes tener paciencia, ya que el estudio de los documentos puede tardar hasta tres meses.
- Resolución favorable. Si el expediente ha pasado de estado a ‘Resuelto favorable’, significaría que tu solicitud ha sido aprobada satisfactoriamente. Por ejemplo, si has solicitado una residencia y tienes una resolución favorable, implica que te la han concedido.
- Resolución denegatoria. Cuando el estado del procedimiento se encuentra marcado como ‘Resuelto no favorable’, quiere decir que tu solicitud fue denegada. Si este es el caso, el siguiente paso será interponer un recurso.
- En vía de recurso. Significaría que has enviado un recurso ante una resolución denegatoria y la Administración se encuentra revisando el caso, estudiando el recurso y pronto emitirá una nueva resolución.
- Archivado. Ocurre cuando la Administración ha solicitado información o documentación adicional y esta no fue entregada dentro del plazo correspondiente, dando por finalizado el procedimiento.
- Trámite requerido. Significa que has interpuesto un recurso y la Administración está solicitando información o documentación adicional para continuar el trámite.