cambios nueva regulacion pensiones colectivo militar

Conoce todos los cambios que han surgido con la nueva regulación de las pensiones para el colectivo militar

El modelo de protección público del colectivo militar ha sufrido diferentes cambios en los últimos tiempos. Su tratamiento se contempla en el Régimen de Clases Pasivas del Estado y en las condiciones especiales que se han introducido por la prestación de servicio al Estado.

El nuevo modelo de protección se dirige fundamentalmente a tratar de acercar la acción protectora del citado colectivo a la establecida por el Régimen General de la Seguridad Social, pero manteniendo el especial tratamiento que el Régimen de Clases Pasivas del Estado concede a las pensiones que derivan de acto de servicio.

Con esta regulación de pensiones e indemnizaciones establecida dentro del Régimen de Clases Pasivas de los militares de complemento, así como de los militares de tropa, tendrá una relación de servicios que será definitivamente temporal.

Dentro de esta nueva regulación que está a punto de implantarse, se han reconocido oficialmente tres grados distintos.

En primer lugar, encontramos el grado que engloba la incapacidad permanente absoluta para desempeñar cualquier tipo de profesión u oficio.

En segundo lugar, veremos la incapacidad permanente total para la profesión militar.

Y en tercer lugar se encuentran las lesiones permanentes que no impiden el ejercicio de la profesión militar.

regulación de pensiones e indemnizaciones

Pero… ¿sabemos realmente a quién afectarán en un futuro estas novedades?

Estas disposiciones podrán ser aplicadas única y exclusivamente al personal que se incluye oficialmente en el régimen de Clases Pasivas del Estado, siempre y cuando sufran un accidente, enfermedad o lesión por la que puedan fallecer. Puedes encontrar más información aquí.

También se contempla la insuficiencia de las condiciones relacionadas con el estado psicofísico, teniendo para los militares de complemento y profesionales de tropa y marinería una relación de servicios profesionales que no es permanente.

Además, se incluye en esta lista al personal de las Escalas de complemento y reserva naval que no posea el derecho oficial de permanecer en las Fuerzas Armadas hasta la edad en la que se indica su retiro. Asimismo, también están los alumnos de centro militares dedicados a la formación, que hayan comenzado a formar parte de dichos centros siendo militares de complemento o profesionales de tropa y marinería, hasta que llegue el momento de su promoción.

régimen de Clases Pasivas del Estado

Las ocasiones en las que se aplicará esta nueva regulación

Se aplicará siempre que el accidente, lesión o enfermedad en cuestión sea definitivo para declarar la insuficiencia de condiciones psicofísicas de la persona. De igual modo, si el fallecimiento se ha producido durante un periodo de tiempo comprendido en la actividad.

También están observadas dentro de esta regulación las lesiones o enfermedades que hayan ido agravándose desde el ingreso en las Fuerzas Armadas hacia adelante. También serán válidos los casos que hayan provocado una disminución o anulación de la capacidad laboral de la persona.

Así pues, se han añadido pensiones por inutilidad en el servicio, en las cuales se incluyen generalmente dos casos. En el primero de ellos, se contempla que la inutilidad se haya generado fuera de servicio, en un ámbito ajeno. Aquí se obtendrá el derecho a pensión ordinaria de inutilidad del 55%.

En el segundo de los casos, la pensión será extraordinaria si la lesión o enfermedad se ha generado mientras se prestaba servicio o por consecuencia directa del propio servicio. En este caso, esta pensión extraordinaria resultará ser el 55% de la que hubiese sido en el caso de producirse una incapacidad permanente total para cualquier profesión.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

error: